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GRADOS DE DEPENDENCIA BAREMO DE VALORACIÓN

FAMILIA Y DEPENDENCIA • ago 10, 2019

Grados de Dependencia 


Para determinar si un ciudadano se encuentra en situación de dependencia, se necesita realizar una valoración. Hay que decir como positivo, que solo existe un instrumento de valoración en toda España. 

Pero qué se valora

La falta de autonomía de la persona en relación a sus actividades básicas de la vida diaria: comer solo, asearse, vestirse, gestionar médicos, desplazarse por la casa, utilizar los medios de transportes, tareas domésticas, recados, toma de decisiones, etc. También se tendrá en cuenta los informes de salud y el entorno habitual donde vive: domicilio o residencia. 

Grados de dependencia 

Los Grados de dependencia, es la fórmula que se aplica para establecer la falta de autonomía de la persona en relación con las necesidades de apoyo con las actividades básicas descritas. Esta dependencia puede ser:

De Grado I, cuando la dependencia es moderada y necesita apoyo de otra persona al menos una vez al día, o de manera intermitente y limitada. 
De Grado II, cuando la dependencia es severa y necesita apoyo dos o tres veces al día.
Grado III, o Gran dependencia, cuando la persona necesita ayuda varias veces al día, con un apoyo total o continuado. 
Hay que decir que existen dos baremos, uno para personas mayores de 3 años y otro para menores de esa edad. 

Algunas consideraciones a la hora de aplicar las Ayudas

Si hay igual grado entre dos ciudadanos, se le dará prioridad al que menos capacidad económica tenga. Si tenemos en cuenta que los Servicios Sociales tiene un carácter universal, con este criterio, no se está dando la razón a esa lógica. También habría que mencionar el poco peso a la hora de valorar, que merece la situación sociofamiliar en la que se encuentra la persona, es decir, en cómo están los cuidadores familiares que atienden al dependiente.  

Finalmente, no podemos olvidar que para ser valorados, la persona interesada o su representante, habrá tenido que presentar la solicitud con la documentación necesaria en los Servicios Sociales del Ayuntamiento, donde se encuentre empadronado. La Dirección General de Atención a la Dependencia y al Mayor, será quien contactará con el interesado para citarle en donde viva. 



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