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Cómo afecta la nueva reforma laboral a las empleadas de hogar
5 de enero de 2022
Descubre cómo afecta la nueva reforma laboral de finales del año 2021 a las empleadas de hogar en España. Conoce como puede afectarle al servicio doméstico
contratar empleadas domésticas
11 de noviembre de 2021
Si estás pensando en la contratación de una empleada de hogar, puedes utilizar los servicios de una agencia de colocación autorizada como la nuestra. Te ofrecemos una intermediación de calidad basada en la normativa de contratación de servicio doméstico del Sistema Especial de Empleados de Hogar.
Por FAMILIA Y DEPENDENCIA 5 de enero de 2021
En primer lugar, hay que deciros que una niñera, es un tipo de empleada del hogar que se encarga como indica su nombre de todo lo que generan vuestros hijos a nivel de atención personal y doméstica. Como se puede ver se dan unas funciones muy amplias que van a depender de la edad de los niños , las necesidades que presentan en esos niveles y los horarios que necesitáis. Ver a continuación los diferentes modelos que están relacionados con la contratación:
Por websitebuilder 12 de julio de 2020
FAMILIA Y DEPENDENCIA, como agencia de cuidados, cuenta con personal interno para cuidar ancianos, enfermos y discapacitados en su propio domicilio. Característica de este servicio El personal interno vive con la persona que recibe las atenciones y cuidados y por lo tanto se produce un pago en metálico y otro en especie. El primero debe de coincidir como mínimo con lo que marca el Salario Mínimo Interprofesional para el año en curso y el segundo se traduce en alojamiento y manutención. El primero se refiere a una habitación individual que deberá de tener su cama, armario y mesilla de noche, así como baño que podrá ser compartido o no. Sobre la manutención esta será suficiente y digna para una persona. También el concepto de horas de trabajo efectivo entra en la dinámica de la prestación. Esta se refiere cuando está realizando su trabajo y las horas de presencia son aquellas que presentan un apoyo subjetivo por si fuera necesario. Funciones que realizan Son múltiples y todas ellas tienen que ver con la atención personal y doméstica en el amplio sentido de los conceptos. Por último, el personal interno para cuidar ancianos, enfermos y discapacitados, solo puede ser contratado a través del régimen especial de empleados del hogar. Si necesita un empleado de este tipo, no dude en ponerse en contacto con nosotros, ya que somos especialistas en estos perfiles. Para más información consulte con nuestro trabajador social
Por websitebuilder 19 de junio de 2020
El cheque servicio, es una cantidad de dinero que se concede a una persona con el fin de apoyarla en el coste que pueda suponerle la contratación de un Servicio Social de Ayuda a Domicilio. Esta prestación puede ser concedida para la contratación de otros recursos que mejoren la vida de la persona dependiente, pero no vamos a entrar en esa cuestión, ya que lo que vamos a dilucidar es la relación si la tiene, de la cuidadora interna y el cheque servicio. ¿Es posible contratar un cuidador o una cuidadora interna con un cheque servicio? Antes de nada, vamos a definir lo que sería una cuidadora interna, como un tipo de empleado de hogar que pernocta en el domicilio de la persona objeto de atención. Por lo tanto, habrá que remitirse a la normativa regulada por el Sistema Especial de Empleados de Hogar y esta nos advierte que solo una persona física que sea titular de un hogar familiar, puede contratar a este tipo de empleados. De esta manera, quedan descartadas cualquier contratación realizada por sociedades civiles o mercantiles, cooperativas, etc., aunque el objeto sea satisfacer las necesidades de realizar las tareas domésticas y de atención y cuidado de los miembros de la familia: niños, mayores y enfermos. Se deduce de todo lo dicho, que la cuidadora interna, no puede ser contratada por una empresa de Ayuda a Domicilio y por consiguiente el cheque servicio no puede ser convalidado para la contratación del personal interno, ya que estas empresas se rigen por el convenio colectivo de ayuda a domicilio y este no contempla este régimen, mientras que sí lo hace el Sistema Especial de Empleados de hogar, que utiliza conceptos como el trabajo efectivo y el de presencia. No obstante, después de todo lo dicho, hay empresas que retuercen la Ley y crean relaciones que simulan las actuaciones propias de la ayuda a domicilio, cuando en realidad se trata de un personal interno encubierto, por lo tanto, estaríamos ante un fraude de Ley. Concluyendo, el cheque servicio no puede ser utilizado para la contratación de un empleado interno, ya que este no forma parte de las empresas de Ayuda a Domicilio sino de un Régimen Especial que puede ser contratado exclusivamente por un particular. Este sistema si contempla la pernocta en el domicilio, pero en ningún caso el servicio social mencionado, ya que está sujeto a un convenio colectivo. Lo incomprensible es que desde la propia Administración confunden al ciudadano e indican que pueden contratar a una interna con este cheque y que lo único que tiene que mirar el beneficiario o su familia, es que la empresa esté autorizada. ¿ Necesita una interna o gestionar su contrato, nómina, etc? Contacte con nosotros.
Por websitebuilder 11 de junio de 2020
Siguiendo de manera literal a la normativa básica de empleados de hogar de la Seguridad, este régimen se rige por el siguiente marco Legislativo: ❱ Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar. (BOE de 17 de noviembre de 2011). ❱ Real Decreto-Ley 29/2012, de 28 de diciembre, de mejora de gestión y protección social en el Sistema Especial para Empleados de Hogar y otras medidas de carácter económico y social. (BOE de 31 de diciembre de 2012). ❱ Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre. (BOE de 31 de octubre de 2015). ❱ Ley 6/2018, de 3 de julio de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018. (BOE de 4 de julio 2018). ❱ Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020. ❱ Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo. (BOE de 29 de diciembre de 2018). ❱ Orden TMS/83/2019, de 31 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2019. (BOE de 2 de febrero de 2019). ¿Necesita una empleada de hogar o asesoramiento o gestión de la suya? Contacte con nosotros en el 658 71 29 03 o por los medios electrónicos que establecemos en la web.
Por websitebuilder 10 de junio de 2020
En primer lugar, para establecer la diferencia entre un empleado de hogar y una cuidadora, tenemos que tener claro el concepto de empleado del hogar: "Es el que trabaja en el hogar familiar realizando todo tipo de tareas domésticas y atiende y cuida a los miembros de la familia". En segundo lugar, tenemos que ver cinco aspectos claves: quién contrata al empleado de hogar, ámbito donde se realizan los trabajos, la norma que lo regula, el tipo de empleado y por último las funciones que realiza. Quién contrata al empleado de hogar Tiene que ser obligatoriamente un particular, que sería el empleador, jamás una empresa, incluso las de trabajo temporal. SÍ se admite la intermediación de una Agencia de colocación, siempre que esté autorizada por la Administración competente. Ámbito donde se realiza el servicio Tiene que ser en el hogar familiar. Ahora bien, esto no significa que el empleado de hogar no acompañe a los miembros de la familia por ejemplo al colegio, médicos, trabajo, compras y largo etc., siempre que la actividad que realice forme parte del conjunto de tareas domésticas. La normativa básica que lo regula • Sistema especial de Empleados de hogar ver web del Ministerio • Seguridad Social de Empleados de hogar ver web del Ministerio Tipos de empleados de hogar Esta cuestión es muy importante, ya que nos va a indicar las funciones de los empleados de hogar: • Asistenta • Cuidadora • Niñera • Cocinera • Guardeses • Chófer • Matrimonio Interno • Mayordomo • Otros empleados que su misión sea realizar labores que tengan que ver con el conjunto de tareas domésticas. Funciones Las funciones de los empleados del hogar dependerán al tipo de empleado al que pertenezcan. Por ejemplo una asistenta, centra su labor en el mantenimiento y en la limpieza en profundidad de la casa. Un chófer en la conducción de de vehículos. Un jardinero se encargará de los jardines y una cuidadora en la atención y en el cuidado de los miembros de la familia, incluyéndose a niños, ancianos y enfermos. La cuidadora también podrá realizar tareas del cuidado del hogar, pero aquí el matiz está en el grado de intensidad, pudiendo hacer labores de limpieza, pero a nivel de mantenimiento. También puede incluir la preparación de alimentos, recados, etc. El denominador común para todos será el conjunto de tareas domésticas, pero con cierta especificidad para algunos de estos perfiles. No podemos olvidar que estos profesionales que hemos citado, también pueden trabajar en otros ámbitos que no tienen nada que ver con el familiar y por lo tanto no se puede contratar en este régimen especial, porque no serían empleados de hogar. Tampoco si trabajan para este ámbito y están contratados por empresas. Esta tendría que contratarlos en el régimen general y por lo tanto tampoco sería un empleado de hogar. Por ejemplo, un cocinero puede trabajar en un restaurante, o un conductor en una empresa de transporte y una cuidadora en un Servicio Social de Ayuda a Domicilio. En este caso la cuidadora o cuidador estaría obligado a tener formación que dependerá de la Comunidad Autónoma donde trabaje. Además, la Ayuda a Domicilio tiene un sentido rehabilitador y está sujeto a un programa individualizado con unos objetivos. Concluyendo, la diferencia entre un empleado de hogar y una cuidadora no existe como tal. La segunda es una tipología de la primera. Sin embargo, aun siendo empleada de hogar tiene funciones distintas y será acorde con el tipo de empleado de hogar que sea. Por ejemplo, un chófer puede ser un empleado de hogar y sus funciones no tienen nada que ver con las de una niñera. Además, estas actividades deberán de formar parte del conjunto de tareas domésticas y ser contratado por el titular de un hogar familiar. En lo que se refiere a la cuidadora, esta se encargará del cuidado o la atención de los miembros de la familia en general, incluidos los niños, mayores y enfermos. También realizará labores domésticas, pero siempre en un nivel de mantenimiento y no en profundidad. Sobre todo lo dicho, no podemos olvidar que la cuidadora es un tipo de empleada de hogar. Finalmente, sí que pueden ser contratadas a través de una Agencia de colocación autorizada por la Administración como la nuestra. Para ello contacte con nosotros a través del 658712903 u otros medios electrónicos que están a su disposición en nuestra web. Preguntas más frecuentes
¿Genera atrasos las prestaciones económicas de la Ley de la Dependencia?
Por Trabajador social Pablo Ortega 5 de junio de 2020
Las prestaciones económicas de la Ley de la Dependencia sí generan atrasos, pero teniendo en cuenta una serie de consideraciones que podemos ver aquí.
Cuánto vale una cuidadora interna
Por FAMILIA Y DEPENDENCIA 13 de mayo de 2020
Cuánto vale una cuidadora interna. Tiene que contabilizar pago en metálico, pago en especie y Seguridad Social.
Por FAMILIA Y DEPENDENCIA 26 de septiembre de 2019
Cuánto vale una cuidadora interna Seguramente ha llegado usted hasta aquí porque tiene un familiar que está necesitando de un apoyo intenso, es decir: las 24 horas del día. Este tipo de atenciones la puede usted obtener a través de una residencia o con la contratación de una persona para la atención en el domicilio . Pero cuánto vale una cuidadora interna, se estará planteando. No es muy complicado contestar a esta pregunta, ahora bien, tenemos que tener en cuenta dos tipos de pagos: en metálico y en especie. El pago en metálico Solo tiene que aplicar el Salario Mínimo Interprofesional en curso para el año que está usted haciendo la consulta. Por ejemplo, para este año 2020 el Salario Mínimo Interprofesional es de 950 euros por 14 pagas. Y usted podría decir: “ pero si tengo una vecina que paga a la cuidadora 2 medias pagas, cómo van a ser pagas completas”. Y efectivamente es posible, pero lo que usted tendrá que garantizar son los 13300 euro al año que supone los 950 euros por 14 pagas. Incluso puede pagar solo 12 pagas al año. La clave de todo esto no es el número de pagas, o si son medias pagas, sino que garantice los 13000 euros al año en bruto. Qué significa en bruto. Que usted podrá descontarle la parte que le corresponde a la cuidadora en lo que se refiere a la Seguridad Social. Tampoco se olvide del pago en especie para saber cuánto vale una cuidadora interna y de la Seguridad Social. Pago en especie Efectivamente no podemos perder de vista este gasto que le supone la manutención de la cuidadora en cuanto al pago en especie. También esta recibe alojamiento. No obstante, no olvide que el pago en especie no se lo debe de restar al pago en metálico, sino sumarlo, porque en ningún caso se podrá cobrar en metálico, menos de lo que marca el Salario Mínimo Interprofesional. En cuanto a la Seguridad Social, se trata de una cuota mensual para este año 2020 de 275,13 euros . Concluyendo, para saber cuánto vale una cuidadora interna tendremos que tener en cuenta, por un lado, el pago en metálico, que no deberá de ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional para el año en curso, y por otro el pago en especie .También deberá de contabilizar la cuota mensual de la Seguridad Social. Si sumamos el concepto salario, más la parte proporcional de las pagas extras y la cuota de la Seguridad Social, descontada ya la parte de la trabajadora, el coste sería 1331,68 euros al mes . A ello tendría que sumarle el pago en especie, es decir: el alojamiento y la manutención. Finalmente, si desea contratar una cuidadora interna a través de nuestra agencia, no dude en contactar con nosotros. Si ya tiene a su cuidadora y quiere que nos encarguemos del papeleo, también puede hacerlo. No olvide que somos Agencia y gestoría especializada. Prestamos servicio en toda España.
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