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Atrasos de las prestaciones económicas de la Dependencia

Trabajador social Pablo Ortega • 5 de junio de 2020

¿Generan Atrasos las prestaciones económicas para la Dependencia?

¿Generan atrasos las prestaciones económicas para la dependencia?
Las prestaciones económicas para la dependencia, generarán atrasos desde que se produce su reconocimiento por la organización competente, o desde los seis meses una vez que se hace efectiva la entrada de la solicitud.

En este sentido, se excluye de lo dicho anteriormente la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, por encontrarse sujeta a un plazo suspensivo máximo de 24 meses a contar desde la fecha de la resolución, o desde los seis meses a partir de la entrada de la solicitud en el órgano competente.

Para ello es imprescindible que se reúnan en ese momento todos los requisitos exigidos, durante el cual no se generarán atrasos. Este plazo finalizará antes de los dos años si la persona beneficiaria comienza a percibir la prestación económica, y no será aplicable si esta se establece mediante una revisión del Programa Individual de Atención.

Finalmente, en caso de muerte de la persona beneficiaria, la prestación económica devengada y pendiente de abonar se reconocerá a los legítimos herederos.





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